sábado, 8 de enero de 2011

Renovacion de la tarjeta permanente

Puedo renovar la residencia permanente?
Si, se renueva cada cinco años y deberán solicitarse con un mes de antelación a la fecha de vencimiento. También serán aceptadas las solicitudes de renovación presentadas dentro de los tres meses posteriores a la fecha de expiración, con las correspondientes sanciones.
IMPORTANTE: Transcurridos los 3 meses desde el vencimiento no podrá concederse la renovación de una autorización en ningún caso. Tampoco si el interesa ha residido fuera de España durante seis meses interrumpidos.
DOCUMENTOS A PRESENTAR: Para la renovación de la tarjeta de autorización de residencia permanente se presentará:
• copia del pasaporte o documento válido para la entrada en España, o en su caso, cédula de inscripción en vigor,
• tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné y
• copia de la tarjeta de identidad de extranjero.
Las solicitudes se formularán en el modelo EX-01. Al presentar la solicitud le entregarán una copia sellada que acredita la presentación de la misma ante el organismo correspondiente. Y al mismo tiempo el resguardo para reclamar en caso de algún inconveniente.
La sola presentación de la solicitud de renovación en los plazos legales autorizados ( 60 días antes o hasta 3 meses del vencimiento, prorrogan automáticamente la validez del permiso que se pretende renovar, aplicables en el ámbito laboral y de Seguridad Social.

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